¿Cuáles son los derechos de los niños?
En 1989, todos los países pertenecientes a la Organización de Naciones Unidas (ONU) firmaron la Convención sobre los Derechos del Niño. Este importantísimo tratado internacional reúne los derechos que tienen las personas menores de 18 años, o lo que es lo mismo, la totalidad de niños y niñas. Por supuesto, en él se destaca que no hay ningún tipo de distinción ni exclusión: da igual su origen, etnia, sexo, religión, nivel cultural, idioma, situación económica… Todos, absolutamente todos, están bajo el amparo de la Convención.
Por primera vez se creaba un tratado de carácter vinculante, esto es, que obliga a los países firmantes a cumplir rigurosamente todos y cada uno de los 54 artículos que lo componen.
Desde entonces quedó establecido que, para poder llevar a cabo este compromiso, los gobiernos de cada país deben impulsar políticas y leyes que prioricen siempre el desarrollo, intereses y bienestar de esta parte especialmente vulnerable de la población, y garantizar que se cumplen.
Bajo la máxima de que todos los niños y niñas tienen derecho a la vida y a una infancia digna, el documento también hace hincapié en que los diferentes estados tienen que apoyar, en la medida de lo posible, a los padres y madres, así como respetar sus derechos y deberes.
Derechos de los niños y niñas
Según la Convención sobre los Derechos del Niño, son los siguientes:
- Derecho a la igualdad sea cual sea el origen, la raza, el sexo, la religión…
- Derecho a una vida digna que los estados deben asegurar.
- Derecho a un nombre y una nacionalidad desde el momento de su nacimiento.
- Derecho a estar con sus padres. No se puede separar a ningún niño de ellos y, si están separados, tienen derecho a mantener contacto con ambos.
- Derecho a reunirse con la familia en caso de que los padres residan en otro lugar.
- Derecho a la protección del estado si son trasladados o retenidos ilegalmente en otro país.
- Derecho a la libertad de expresión y a ser escuchados.
- Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión.
- Derecho a la libre asociación.
- Derecho a la intimidad y privacidad.
- Derecho a la educación e información, que ha de ser siempre adecuada para su desarrollo personal.
- Derecho a recibir la educación de sus padres, quienes a su vez han de ser apoyados por el estado cuando sea necesario.
- Derecho a la protección especial contra los malos tratos. El estado debe asegurar que los niños no sufran abusos de ningún tipo.
- Derecho a la protección especial y asistencia de los niños sin familia.
- Derecho a la protección de los niños que viven en acogida o han sido adoptados.
- Derecho a la protección especial de los niños refugiados.
- Derecho a la protección y cuidados especiales de los niños con discapacidades físicas, sensoriales o psíquicas, con el objetivo de que disfruten de una vida plena y puedan alcanzar la mayor autonomía personal posible.
- Derecho a la salud y a ser atendidos por los servicios médicos y sanitarios.
- Derecho a ser evaluados periódicamente en caso de que se encuentren internados, como revisión de su situación.
- Derecho a la seguridad social.
- Derecho a un nivel de vida digno y adecuado que ha de ser proporcionado por los padres y, en la medida que haga falta, contando con el apoyo de los organismos estatales competentes.
- Derecho a recibir educación, obligatoria y gratuita en primaria.
- Derecho a recibir una educación que cumpla una serie de objetivos fundamentales. Primordialmente, debe desarrollar la personalidad y capacidades particulares, así como enseñar el aprendizaje de valores imprescindibles para el ser humano, como la tolerancia o el respeto al medio ambiente.
- Derecho a practicar su religión o lengua si pertenecen a una minoría étnica, cultural o lingüística.
- Derecho a jugar, descansar y participar en actividades lúdicas y culturales apropiadas para su edad.
- Derecho a que nadie les obligue a trabajar ni les explote para obtener un beneficio económico. En caso de que trabajen, tiene que ser a partir de una edad determinada y bajo unas condiciones que garanticen su bienestar y su completa seguridad. No se puede exponer a menores a ningún tipo de peligro laboral.
- Derecho a la protección estatal contra el consumo, producción y tráfico de cualquier tipo de droga.
- Derecho a la protección contra el abuso o explotación sexual sea cual sea su forma.
- Derecho a la protección contra su secuestro o venta.
- Derecho a la protección contra cualquier tipo de abuso o explotación que constituya un atentado a su bienestar o integridad.
- Derecho a la protección contra la tortura y a garantías de cuidado especiales en caso de cárcel.
- Derecho a protección en caso de guerra. Ningún menor puede participar en conflictos armados o combates.
- Derecho a la recuperación y reinserción social tras una situación de malos tratos, tortura, guerra…
- Derecho a la presunción de inocencia y a tener un juicio justo en caso de ser acusados de delito.
- Derecho a que, en caso de que las leyes de un país sean distintas a las establecidas en la Convención, se aplique la que sea más adecuada para el menor.
La Convención sobre los Derechos del Niño también establece que los niños y adultos tienen derecho a conocer todos los artículos que la componen. Esta labor de divulgación corresponde a los estados firmantes.
Por último, hay que señalar que cada país debe elaborar informes internos acerca del cumplimiento de estos compromisos adquiridos. Dichos informes se envían cada cierto tiempo al Comité de Derechos de los Niños y Niñas, órgano de expertos independientes que se encarga de supervisarlos.
¿Qué países han ratificado la Convención sobre los Derechos del Niño?
A fecha de 2020, la ONU está integrada por todos los países reconocidos como naciones soberanas, más dos estados que no son miembros pero aparecen representados en calidad de observadores. En total, 195 países. Todos han ratificado la Convención excepto Estados Unidos.
Día Universal del Niño
El 20 de noviembre se celebra el Día Universal del Niño en todo el mundo. El día se eligió por ser la fecha exacta en que se aprobó la Convención sobre los Derechos del Niño en 1989.